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26 June 2013

Messi, Google y el truco del "doble irlandés"

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La demanda judicial que la hacienda española interpuso contra Lionel Messi y su padre, Jorge, ha vuelto a poner sobre la mesa el tema de la evasión fiscal. Vaya por delante que yo no conozco los detalles de la operación fiscal ni de la demanda judicial. Ahora bien, por lo que he podido leer en los periódicos, los asesores de Messi han utilizado lo que se llama “doble irlandés” para pagar menos impuestos. Este es el mismo mecanismo (legal) que utilizan empresas como Google o Facebook para pagar menos impuestos en Estados Unidos. La técnica consiste en utilizar la legislación irlandesa para pagar menos impuestos. Me explico.

La idea es crear no una sino dos empresas pantalla (de ahí el nombre de “doble”) en Irlanda (de ahí el calificativo de “irlandés”). La primera empresa es irlandesa pero tiene sede en Belize. ¿Por qué? Pues porqué, a diferencia de lo que pasa en España o Estados Unidos, Irlanda considera que el impuesto de sociedades se debe pagar en el país donde la empresa tiene su sede social y no donde realiza su negocio. Si la empresa es irlandesa, hace su negocio en Irlanda y tiene su sede social en Irlanda, paga un impuesto de sociedades del 12,5% (que ya es mucho menor que el 30% que pagaría en España o el 35% que pagaría en Estados Unidos). Si la misma empresa irlandesa que hace su negocio en Irlanda pero tiene su sede en Belize, entonces pagaría el impuesto de sociedades de Belize que es del 0%. Llamemos a esa empresa la empresa B (B de Belize). Google, que tiene su sede central en Estados Unidos, da sus derechos de gestión y venta de anuncios internacionales a esa empresa B. La empresa B, por su lado, VENDE esos derechos a una segunda empresa domiciliada en Irlanda a cambio de X millones de dólares. Esa empresa, a la que llamaré I (I de Irlanda), vende anuncios por todo el mundo y recauda el dinero. Los beneficios de la empresa I pagarán el 12,5% de impuesto de sociedades porque su sede está en Irlanda. El truco está en la palabra beneficio: el beneficio es la diferencia entre los ingresos de las ventas y gastos. Los ingresos de la empresa I son los ingresos de publicidad y, entre los gastos, está la cantidad X que paga a la empresa de Belize. Si Google calcula la cantidad X de manera que los costes sean iguales a los ingresos, los beneficios de la empresa I serán 0.

Al tener cero beneficios, la empresa I con sede en Irlanda paga 0 impuestos en Irlanda (0 multiplicado por 12,5% es cero). La empresa B de Belize, por su parte, gana unos beneficios de X ya que tiene unos ingresos de X y no tiene gastos. Pero dado que el tipo de impositivo de Belize es cero, el total de impuestos de sociedades pagados por la empresa B es 0 (X por 0% es cero).

Vemos pues que la suma de las dos sociedades pantalla de Irlanda (el “doble irlandés”) creadas por Google consigue pagar exactamente cero impuestos de sus ventas internacionales.

¿Es esto lo que hacían los asesores de Messi? Parece que, en parte sí. De entrada, hay que recordar que Messi cobra dos tipos de ingresos: los derivados de su trabajo como futbolista y que paga el FC Barcelona.(*) Como él es residente en Catalunya, Messi debe cotizar y cotiza casi todos esos ingresos al 56% (si fuera residente en otras comunidades autónomas sus impuestos serían menores, del 52%). El segundo tipo de ingresos no están relacionados directamente con su trabajo sino con su “prestigio” o “imagen”. Son los contratos de publicidad: cada vez que vemos a Messi en un anuncio de Televisión, el anunciante le paga unos cuantos millones de euros. Y aquí es donde la legislación ya no está muy clara. Si ese dinero fuese considerado un salario, él debería cotizarlo como ingresos laborales y por lo tanto pagar el 56% como lo que le paga el Barça. Si ese dinero fuese considerado como el retorno a su imagen, entonces no se considera salario y puede ser vendido a una empresa. Las empresas no pagan impuestos sobre la renta sino impuestos de sociedades. Como el tipo impositivo del impuesto de sociedades (o impuesto sobre los beneficios de las empresas) es del 30%, eso solo ya reduciría la factura que Messi tiene con hacienda. Y eso es exactamente lo que hizo Messi (o concretamente, lo que hizo el padre de Messi cuando él era menor de edad): cedió los derechos de imagen a una empresa para pagar menos. Es decir, la empresa tiene los derechos de vender y gestionar el dinero de los anuncios que cobra Messi.

Hasta aquí todo legal. A partir de ahí, parece que los asesores de Messi quisieron pagar menos del 30% del impuesto de sociedades por lo que presuntamente montaron un sistema de “doble Irlandés” parecido al de Google. Total, que en lugar de pagar 56% que debería pagar si los ingresos de publicidad fueran considerados salario en Catalunya, o del 30% si fueran beneficios empresariales en Catalunya, o del 12,5% si fueran beneficios en Irlanda, resulta que el pago total al fisco acaba siendo cercano a cero gracias al truco del “doble irlandés”.

La pregunta que uno debe hacerse NO es si Messi debe pagar impuestos “como el resto de mortales”. ¡Claro que los debe pagar! Eso nadie lo discute. Como el resto de los mortales, sin embargo, no quiere decir que pague el 56% sino que pague lo que requiera la ley. Y por lo tanto, la única pregunta pertinente es si lo que han hecho sus asesores es legal.  En el caso de Google, el truco es perfectamente legal. Tan legal que las autoridades norteamericanas no pueden hacer que Google pague de acuerdo con la ley por lo que están pensando en cambiar la ley.

Pero, ¿y en el caso de Messi? La verdad es que no lo sé con seguridad pero da toda la impresión de que sí. Ahora bien, también me da la impresión de que es irrelevante. La agencia tributaria española ha denunciado a Messi y ha publicitado la demanda (por cierto, es legal eso de enviar las demandas a los periódicos para que se ensañen contra una persona sobre la que debería existir la presunción de inocencia?) porque sabe que a Messi no le interesa en absoluto entrar en procesos judiciales que eternos que dañen su imagen. Por lo tanto, sus abogados intentarán llegar a un acuerdo y pagar por más que piensen que tienen razón. Su objetivo es quitar a Messi de las portadas de los periódicos porque el daño económico que eso causa a su imagen es peor que el coste de pagar los impuestos aunque, legalmente, no le toque pagarlos.

De alguna manera, el ministro Montoro se ha aprovechado de la imagen de Messi igual que se aprovecha de la imagen de cantidad de famosos para extorsionarles unos cuantos millones de euros. Y es que eso de amenazar a la gente que vive de su imagen para que acaben pagando con el fin de evitar escándalos es una práctica habitual de la agencia tributaria española. De paso, el fisco aprovecha el nombre de las personas a las que persigue para hacer la campaña de “concienciación” de al resto de los ciudadanos para que no tengan tentaciones de defraudar a hacienda. Lo más irónico es que hacienda utiliza el nombre de esos famosos para hacer su propia campaña sin pagarles ni un euro y, lo que es peor, sin pagar impuestos por ello.

(*) En los años ochenta y noventa los clubes de fútbol intentaron eludir impuestos a base de dividir el salario de los jugadores en dos: el salario propiamente dicho y los “derechos de imagen”. Los derechos de imagen se pagaban a una sociedad propiedad del jugador. La parte de salario pagaba el IRPF normal y la parte de la sociedad el impuesto de sociedades que era mucho menor. En aquellos días se pagaba hasta el 50% en derechos de imagen... hasta que hacienda llevó a los clubs a los tribunales. Los tribunales decidieron que todo el pago era, en realidad, salario encubierto por lo que obligó a los clubs a pagar la diferencia entre la tasa de sociedades y el tipo del IRPF. Entre los condenados estuvo el FC Barcelona y su presidente, Josep Lluis Núñez. El contencioso se mantuvo en los tribunales hasta que el Barcelona acabó pagando todo el dinero ya en época de Joan Laporta.

El debate en el caso Messi es distinto ya que lo que se cuestiona no es el dinero que recibió del Barça (por el que pagó el IRPF del 56%) sino el dinero que obtuvo de las compañías que le patrocinan (Adidas, Pepsi, Dolce Gabanna, Herbalife, Chery, KFC, etc). Si bien está claro que el dinero que viene del Barça corresponde a rentas del trabajo (por más que Núñez intentara disfrazar una parte como rentas de imagen), no está tan claro que los patrocinios y anuncios correspondan a rentas salariales en el sentido de que premien el trabajo.

 

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